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Sa-Da-Munn Apartments, Waldport. Las mismas preguntas de la solicitud en papel, una parte a la vez.

Parte 1 de 17

Antes de empezar

Esta es la solicitud para Sa-Da-Munn Apartments, con todas sus preguntas, para llenarla aquí en lugar de en papel. Toma de 30 a 45 minutos aproximadamente.

Tenga esto a la mano

  • Los nombres, fechas de nacimiento y números de Seguro Social de todas las personas que vivirán en el apartamento.
  • Los ingresos que cada persona espera recibir en los próximos 12 meses, y todas las cuentas bancarias y demás bienes, con sus saldos.
  • Sus arrendadores de los últimos cinco años, o al menos tres, con sus números de teléfono.
  • Tres referencias personales que no sean familiares ni un arrendador que usted anote.
  • Identificación con foto de cada miembro del hogar mayor de 18 años y tarjetas del Seguro Social de cada miembro, en fotos o escaneos. O traiga copias a la oficina.

Quién firma y cómo

Cada adulto del hogar firma con tinta: el programa de Sa-Da-Munn pide firmas en papel. Después de enviar la solicitud, imprima las páginas de firma, pida a cada adulto que las firme y tráigalas o envíelas por correo a 375 Park Ave, Suite 1, Coos Bay, OR 97420.

Todo lo que escribe se cifra en este dispositivo antes de enviarse, y solo la oficina puede abrirlo. Nada se guarda en este dispositivo, así que si se va antes de enviar la solicitud, sus respuestas se pierden.

Lea antes de solicitar

Procesamiento de solicitudes

Para que una solicitud de vivienda se procese, debe entregarse completa. Una solicitud incompleta no se procesará y el solicitante no se considerará para la vivienda hasta que la solicitud esté completa. Si se recibe una solicitud incompleta, se informará al solicitante por escrito de la lista de lo necesario para completarla. Una solicitud completa debe incluir:

  1. Se debe proporcionar toda la información solicitada.
  2. Todos los nombres, fechas de nacimiento y números de Seguro Social del solicitante, del cosolicitante y de todas las demás personas que buscan ocupar la vivienda con esta solicitud.
  3. Una dirección postal, una dirección física actual y (si lo tiene) un número de teléfono de contacto del solicitante.
  4. Identificación con foto o identificación legal de cada miembro adulto del hogar y copias de las tarjetas del Seguro Social de todos los miembros del hogar.
  5. Al menos tres (3) referencias personales verificables.
  6. Al menos tres (3) referencias verificables de arrendadores anteriores (o de hipoteca en su lugar), o referencias que cubran 5 años consecutivos de ocupación. Si faltan las referencias de arrendadores requeridas, se puede aceptar un fiador a discreción de la administración. La persona encargada de tomar esta decisión es el gerente de propiedades.
  7. Un detalle actual de todas las fuentes de ingresos, según se indica en la solicitud.
  8. Un formulario de Autorización para la divulgación de información firmado, uno por cada adulto del hogar.
  9. La firma del solicitante y de los demás miembros adultos del hogar, y la fecha en que firmaron la solicitud.
Criterios de selección
  1. Se aceptarán solicitudes de cualquier persona que desee solicitar vivienda. Según la información presentada en la solicitud y verificada por el agente administrador, se notificará al solicitante que parece ser elegible y que se le incluirá en la lista de espera, O que la solicitud está incompleta o le falta información, O que no es elegible, con los motivos del rechazo de la solicitud e información sobre los procedimientos para apelar esta decisión. Los solicitantes se seleccionarán para la vivienda por orden de llegada, modificado por un sistema de preferencias establecido para rentar a familias que califican según las pautas federales sobre niveles de ingresos, así como por un sistema de preferencias para unidades específicas, incluidas las unidades diseñadas para personas con discapacidad o para personas que se beneficiarían de una unidad modificada. A cada solicitante se le ofrecerá una unidad disponible o se le rechazará antes de que la unidad se ofrezca al siguiente solicitante de la lista de espera. Si un solicitante rechaza un apartamento disponible, por un motivo que no sea médico, más de una (1) vez, su nombre se retirará de la lista de espera y deberá volver a solicitar la vivienda. Un solicitante que rechace una unidad por motivos médicos solo puede rechazar un apartamento disponible tres veces antes de que su nombre se retire de la lista de espera. Si se retira a un solicitante de la lista de espera, se le notificará por escrito y por correo. Se guardará una copia de ese comprobante en la oficina central de Grand Management Services Inc.
  2. Este complejo se financia mediante el programa de vivienda multifamiliar de Desarrollo Rural del Departamento de Agricultura de los EE. UU. o mediante el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano. Según las regulaciones, la elegibilidad se limita a los hogares cuyo ingreso bruto anual o ingreso bruto anual ajustado está por debajo de los límites de ingreso medio del área. Puede pedir una copia de los límites de ingresos comunicándose con Grand Management Services.
  3. El hogar debe cumplir las pautas de ocupación del proyecto. Como regla general, la ocupación mínima es de 1 persona por habitación y la máxima es de 2 personas por habitación más 2 personas adicionales por apartamento. En proyectos sin estudios ni unidades de 1 habitación, se puede aprobar que un hogar de 1 persona ocupe una unidad de 2 habitaciones siempre que no haya hogares de 2 personas en la lista de espera. Se pueden hacer excepciones a la política de ocupación para dar cabida a personas con discapacidad. Si se permite que un hogar se mude a una unidad más grande de la que le corresponde solo porque no hay otros solicitantes elegibles que califiquen, el hogar podrá vivir en la unidad solo hasta que un hogar elegible presente su solicitud y sea aprobado para esa unidad; en ese caso, el hogar que no califica deberá mudarse a una unidad más pequeña cuando haya una disponible.
  4. Los posibles inquilinos deben demostrar la intención de dar información verdadera y completa. Quienes den información inexacta o falsa no serán elegibles para ocupar la vivienda. Usar nombres falsos y usar números de Seguro Social falsos son ejemplos de deshonestidad en la información.
  5. Cada posible inquilino debe dar al menos cinco años de historial de renta o tres referencias de arrendadores anteriores, o una hipoteca anterior de tres años o más. Estas referencias no pueden incluir arrendadores emparentados con el posible inquilino por sangre, matrimonio u otros vínculos cercanos. Si faltan estas tres referencias de arrendadores, puede necesitarse un fiador. En cuanto a las referencias de arrendadores, los posibles inquilinos o miembros pueden ser rechazados por: Un historial de falta de pago injustificada y crónica de la renta y de obligaciones financieras. Un historial de violencia y acoso contra los vecinos. Un historial de alterar el disfrute tranquilo de la propiedad. Un historial de violaciones de los términos de contratos de renta anteriores, como la destrucción de una unidad o no mantener una unidad en condiciones sanitarias. Un desalojo (FED) en los últimos 5 años o una referencia negativa de un arrendador. Como lo exige la ley de Oregón (ORS 90.303), no tomamos en cuenta una demanda de desalojo que fue desestimada o terminó con un fallo a favor del solicitante, un fallo dictado 5 años o más antes de la solicitud, ni un fallo sobre reclamos que surgieron del 1 de abril de 2020 al 28 de febrero de 2022.
  6. Cada posible inquilino debe indicar al menos tres referencias personales o de crédito. Estas personas no deben tener parentesco con el solicitante por sangre, matrimonio u otros vínculos cercanos, y no se debe anotar a un arrendador anterior si ya se usó como “referencia de arrendador”. Para calificar, el solicitante no debe tener una calificación nacional de riesgo crediticio con más de 3 cuentas de crédito morosas no médicas o cuentas en cobranza. Los posibles inquilinos pueden ser rechazados por: Un historial de falta de pago injustificada y crónica de la renta y de obligaciones financieras. Un historial de violencia y acoso contra otras personas. Crédito negativo. El crédito negativo se define como: a) Bancarrota reportada dentro del periodo de 1 año anterior a la fecha de la solicitud. b) Bancarrota reportada más de 1 año antes de la fecha de la solicitud, con información negativa o sin información de crédito reportada después de la bancarrota c) Recuperación involuntaria o voluntaria de bienes (repossession) en los últimos 10 años. d) Más de 3 cuentas en cobranza no médicas. e) Solo cuentas negativas, médicas o no médicas, sin crédito positivo reportado. Los solicitantes deben mostrar al menos 2 cuentas de crédito o cuentas renovables calificadas como “positivas o pagadas según lo acordado”. Referencia negativa de un arrendador. Referencia personal negativa. Como lo exige la ley de Oregón (ORS 90.303), no se toma en cuenta la renta sin pagar que venció del 1 de abril de 2020 al 28 de febrero de 2022, incluida la renta que esté en un fallo judicial o que se haya enviado a una agencia de cobranza.
  7. Ningún solicitante que actualmente use, posea, fabrique, venda o distribuya sustancias controladas ilegales (según las define la ley local, estatal o federal) será elegible para la vivienda, y a un solicitante que haya sido condenado en los últimos cinco años por usar, intentar usar, poseer, fabricar, vender o distribuir sustancias controladas ilegales (según las define la ley local, estatal o federal) se le podrá negar la vivienda. Se negará la ocupación a cualquier solicitante que consuma drogas ilegales actualmente o que posea drogas ilegales, y a un solicitante que declare una condena de cualquier tribunal competente por la fabricación, posesión o distribución ilegal de una sustancia controlada se le podrá negar la ocupación. Si nuestra revisión de esta solicitud indica que el solicitante podría ser una amenaza directa para la salud y la seguridad de nuestros residentes o del personal de la administración, o que su ocupación afectaría negativamente el estado físico y la reputación del complejo, se negará la vivienda al solicitante. A cualquier solicitante que haya sido condenado por asesinato, violación, incendio provocado, abuso sexual de menores, agresión grave o fabricación y entrega de drogas controladas en los últimos diez años se le podrá negar la ocupación. Estos delitos son ejemplos, y nuestros requisitos para residentes no se limitan a estos antecedentes negativos, sino que también pueden incluir otros ejemplos que se considerarán al analizar si un solicitante representaría un riesgo para la salud o la seguridad en este proyecto. Como lo exige la ley de Oregón (ORS 90.303), tomamos en cuenta un arresto solo si llevó a una condena, o a un cargo que sigue pendiente mientras el solicitante no participa en un programa de desvío (diversion), de sobreseimiento condicional o de aplazamiento del fallo; y tomamos en cuenta condenas y cargos pendientes solo por conductas que hoy son ilegales en Oregón y que son un delito relacionado con drogas (no una condena basada solo en el consumo o la posesión de marihuana), un delito contra las personas, un delito sexual, un delito de fraude financiero, como el robo de identidad o la falsificación, u otro delito cuya conducta dañaría la propiedad del arrendador o de un inquilino, o la salud, la seguridad o el disfrute tranquilo de la propiedad de los residentes, del arrendador o del personal de la administración. Antes de rechazar una solicitud por antecedentes penales, el solicitante puede darnos pruebas adicionales para explicar o justificar la información o mostrar que no es pertinente, y evaluamos la solicitud de forma individual, tomando en cuenta la naturaleza y la gravedad de los incidentes, su número y tipo, el tiempo transcurrido desde que ocurrieron y la edad que tenía el solicitante entonces (ORS 90.304). Las normas federales nos exigen negar la admisión si un miembro del hogar consume drogas ilegales actualmente, está sujeto a un requisito de registro de por vida como agresor sexual en cualquier estado o fue desalojado de una vivienda con asistencia federal por actividad delictiva relacionada con drogas en los últimos tres años, salvo que se aplique una excepción de esas normas (24 CFR 5.854 y 5.856).
VAWA: Ley de Violencia contra la Mujer

El hecho de que un solicitante sea o haya sido víctima de violencia doméstica, violencia en el noviazgo, agresión sexual o acecho no es un motivo apropiado para negarle la asistencia del programa ni la admisión, si de otro modo califica para la admisión.

Para determinar la elegibilidad para la vivienda en los casos en que el Agente, en nombre de los propietarios del proyecto, se entere de que el hogar incluye a una víctima de violencia doméstica, violencia en el noviazgo, agresión sexual o acecho, y cuando la evaluación revele información negativa y posiblemente descalificadora, como un mal historial de crédito, daños anteriores a un apartamento o un arresto anterior, se harán preguntas sobre las circunstancias que contribuyeron a este historial negativo, para determinar si esos hechos fueron consecuencia de violencia doméstica, violencia en el noviazgo, agresión sexual o acecho contra un miembro del hogar solicitante.

Todas las cartas de rechazo de vivienda informarán a los solicitantes sobre las protecciones de la VAWA y sobre su derecho a pedir una revisión informal si creen que el rechazo de la asistencia se relacionó con actos de violencia doméstica, violencia en el noviazgo, agresión sexual o acecho cometidos contra el solicitante.

Si, por motivos de seguridad, una víctima de violencia doméstica, violencia en el noviazgo, agresión sexual o acecho no quiere o no puede dar la información o identificación que normalmente se requiere para confirmar su elegibilidad, se harán esfuerzos para establecer su elegibilidad de otra manera y se aceptarán fuentes y métodos alternativos de verificación.

Si desea más información sobre sus derechos según la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA), consulte el anexo de los Criterios de selección de residentes.

Elegibilidad al ocupar la vivienda

Cuando haya un apartamento disponible, los criterios de selección se verificarán y actualizarán de nuevo. El inquilino o solicitante deberá:

  1. Llenar un paquete de recertificación y firmar una Certificación del inquilino.
  2. Firmar un contrato de arrendamiento por escrito y todos sus anexos.
  3. Firmar las reglas de ocupación del proyecto.
  4. Pagar, al mudarse, un depósito de garantía (cualquier saldo pendiente debe pagarse en un plazo máximo de 90 días)
  5. Pagar la renta del primer mes.
  6. Poner de inmediato los servicios públicos a su nombre y dar al agente administrador un comprobante de que lo hizo.
  7. Llenar y firmar un formulario de inspección de entrada que verifique el estado del apartamento al mudarse.
Falta de respuesta

Su solicitud se retirará si:

  • Nuestro aviso nos es devuelto y no logramos comunicarnos con usted por teléfono
  • Le ofrecemos una unidad más de 1 vez y usted se niega a aceptarla por motivos que no son médicos. Por motivos médicos, puede rechazar una unidad hasta 3 veces y seguir en la lista de espera.
  • Usted fallece o es encarcelado
  • Si el inquilino no responde a nuestra solicitud de más información, no firma una certificación del inquilino, no verifica su elegibilidad, no firma un contrato de arrendamiento o no completa otros trámites necesarios dentro de un plazo razonable. Si el inquilino no responde a un aviso que pide más información, le enviaremos un aviso de intención de retirar su solicitud.
  • Si se le ofrece una unidad y la acepta, se retirará su solicitud si no responde a un pedido de más información después de 5 días.
Quejas y apelaciones del inquilino

Cualquier aviso de acción adversa se le entregará por correo certificado o de primera clase. Le daremos un motivo específico del rechazo de su solicitud o de la determinación de inelegibilidad. Le informamos que tiene derecho a responder a estos avisos dentro de los 10 días naturales siguientes a su recepción. Deberá presentar personalmente a la persona designada por la administración, de forma oral o por escrito, cualquier queja o respuesta. La persona designada por la administración es Kristin Benson, c/o Grand Management Services, 375 Park Avenue, Suite 1, Coos Bay, Oregon 97420. El número de teléfono es 541-269-5561. El número de fax es 541-269-2481. El número de TTY es 711. Si lo solicita, la Sra. Benson u otra persona designada por la administración se reunirá con usted dentro de los 5 días hábiles siguientes a la solicitud para intentar resolver la queja. Si la queja no se resuelve a su satisfacción, la persona designada por la administración preparará un resumen del problema dentro de 10 días naturales. Usted recibirá dos copias, y se entregarán copias adicionales al propietario de este complejo de vivienda y a la agencia gubernamental supervisora. Si desea una audiencia, debe presentar una solicitud de audiencia por escrito a la persona designada por la administración, en la dirección indicada arriba, dentro de los 10 días naturales siguientes a la recepción del resumen. La solicitud por escrito debe especificar los motivos de la queja o de la impugnación de la acción propuesta por la administración, y la acción o el remedio que se solicita. El agente administrador le dará una copia detallada del procedimiento de quejas si la solicita.

¿Prefiere hacerlo en papel? Descargue la solicitud (PDF, en inglés), o llame al 541-269-5561 (TTY 711) y la oficina le ayudará o le enviará una por correo.